Una terraza accesible empieza dejando pasar
La terraza debe convivir con el paso peatonal. Antes de colocar mesas, sillas o elementos auxiliares, comprueba que el itinerario queda libre, continuo y fácil de seguir.
Guía gráfica breve sobre accesibilidad en terrazas de hostelería según la Ordenanza 7/2025 del Ayuntamiento de Madrid.
Una herramienta visual para facilitar el cumplimiento voluntario, reducir dudas y mejorar la convivencia en el espacio público.
Esta guía tiene carácter informativo. No sustituye al texto oficial ni a la autorización municipal.
Desliza para avanzar. Cada pantalla incluye el artículo aplicable de la Ordenanza 7/2025.
Marca cada punto para confirmar que cumples la normativa de accesibilidad.
Los errores más frecuentes detectados en inspecciones. Contrastados con la solución correcta.
Las mesas obligan a rodear la terraza, cortando el itinerario.
Colocar la terraza dejando un paso recto y continuo.
Mesas o macetas encima de los bloques de guía.
Mantener siempre libres los encaminamientos tacto-visuales.
Sillas o separadores a menos de 0,50 m de la puerta.
Respetar el espacio de aproximación al portal.
Terraza o elementos junto al bordillo de la plaza PMR.
Dejar 1,50 m libres junto al bordillo para subir/bajar.
Sombrillas o separadores pegados a papeleras, farolas o paradas.
Respetar 1,50 m al mobiliario y 2 m a paradas o bocas de metro.
Tarjetas compactas con la regla y su artículo aplicable. Lenguaje claro, sin tecnicismos innecesarios.
Esta guía tiene carácter informativo y divulgativo. Resume algunas reglas esenciales de accesibilidad aplicables a terrazas según la Ordenanza 7/2025, de 25 de noviembre, de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración. No sustituye al texto oficial, a la autorización municipal ni al criterio técnico o jurídico del Ayuntamiento de Madrid.